¿Cómo funcionan las vacaciones en contratos a término fijo en Colombia?

Muchas personas en Colombia trabajan bajo contratos a término fijo, ya sea por seis meses, un año o incluso por periodos más cortos. Pero ¿cómo funcionan las vacaciones en estos casos? ¿Hay diferencias con los contratos indefinidos? ¿Se pierden si el contrato termina antes de cumplir el año?

En este artículo te explicamos cómo se causan, disfrutan y pagan las vacaciones en contratos a término fijo en Colombia, qué dice el Código Sustantivo del Trabajo, y qué debes tener en cuenta si tu contrato finaliza antes de que puedas tomarlas.

¿Qué es un contrato a término fijo?

Un contrato a término fijo es aquel que tiene una duración determinada, previamente acordada entre el trabajador y el empleador. Puede ser:

  • Corto (por ejemplo, 2, 3 o 6 meses)
  • Medio (por ejemplo, 1 año)
  • Renovable automáticamente si no se notifica su terminación

Este tipo de contrato no limita los derechos laborales, lo que significa que el trabajador tiene derecho a:

  • Seguridad social
  • Cesantías
  • Prima de servicios
  • Aportes a pensión y salud
  • Vacaciones

Y sí: aunque el contrato sea corto, también se causan vacaciones proporcionalmente.

¿Cómo se causan las vacaciones en un contrato a término fijo?

El artículo 186 del Código Sustantivo del Trabajo establece que todo trabajador tiene derecho a 15 días hábiles consecutivos de vacaciones por cada año de servicio.

Pero ¿qué pasa si el contrato dura menos de un año? La respuesta es clara: se causan vacaciones proporcionales al tiempo trabajado.

Esto significa que por cada mes trabajado, el trabajador acumula aproximadamente 1.25 días hábiles de vacaciones. Así:

  • Un contrato de 6 meses genera 7.5 días hábiles.
  • Uno de 3 meses genera 3.75 días hábiles.
  • Uno de 1 año completo genera los 15 días completos.

¿Me pueden dar vacaciones dentro del contrato?

Sí. Si el contrato a término fijo tiene una duración suficiente (por ejemplo, 12 meses), el empleador puede otorgar las vacaciones dentro del mismo periodo contractual, siempre y cuando:

  • El trabajador ya haya causado el derecho (es decir, haya cumplido el año de servicio).
  • Haya acuerdo sobre las fechas o el empleador las fije con la debida notificación.

También es posible que, aunque no se haya cumplido el año, la empresa autorice vacaciones anticipadas. En ese caso, los días otorgados se descontarán del tiempo que se vaya causando.

Sin embargo, lo más común es que en los contratos a término fijo, las vacaciones se paguen en dinero al finalizar.

¿Qué pasa si el contrato termina antes del año?

Si tu contrato a término fijo termina antes de cumplir el año y no tomaste vacaciones, el empleador debe pagarte en la liquidación el valor correspondiente a las vacaciones causadas hasta ese momento.

Este pago es obligatorio y se calcula proporcionalmente:

  1. Se determina cuántos meses trabajaste.
  2. Se multiplica ese número por 1.25 para obtener los días hábiles causados.
  3. Se calcula el valor correspondiente con base en tu salario diario.

Por ejemplo: si trabajaste 8 meses, acumulaste 10 días hábiles. Esos días se pagan como parte de tu liquidación, junto con la prima, cesantías e intereses.

¿Las vacaciones en contratos a término fijo se pueden fraccionar?

Sí, se pueden fraccionar, siempre que haya acuerdo entre las partes. La ley permite que uno de los periodos fraccionados sea de al menos 6 días hábiles consecutivos, y el resto se pueda dividir en días individuales o bloques más pequeños.

En la práctica, muchas empresas prefieren pagar las vacaciones al final del contrato en lugar de otorgarlas fraccionadas, especialmente si el contrato es corto. Pero si el contrato es de 1 año o más, el fraccionamiento puede ser una buena opción para ajustar las fechas del descanso al calendario laboral.

¿Qué ocurre si tengo varios contratos consecutivos?

Si has firmado varios contratos a término fijo con la misma empresa, sin interrupciones o con interrupciones muy breves, la ley considera que hay una continuidad laboral.

Esto implica que:

  • Puedes acumular tiempo de servicio entre contratos.
  • Si trabajas 12 meses entre varios contratos, causas el derecho completo a vacaciones.
  • La empresa debe otorgarte o pagarte esos 15 días hábiles, según corresponda.

Por eso es importante llevar un registro de tus periodos trabajados, incluso si los contratos no fueron renovados automáticamente. El tiempo acumulado cuenta.

¿Me pueden negar el pago de vacaciones si el contrato era corto?

No. Independientemente de la duración del contrato, las vacaciones deben pagarse en proporción al tiempo trabajado si no se disfrutan durante el contrato.

Este pago es un derecho legal. Incluso si trabajaste solo un mes, te corresponde un pago proporcional. Negarlo es una violación del Código Sustantivo del Trabajo, y puedes reclamarlo formalmente.

¿Y si el contrato se termina anticipadamente?

Si el contrato a término fijo termina antes de la fecha acordada —por ejemplo, por renuncia o despido anticipado— el trabajador sigue teniendo derecho al pago proporcional de las vacaciones causadas hasta la fecha de finalización.

Esto aplica así:

  • Si renunciaste antes del vencimiento, el empleador debe pagarte los días acumulados.
  • Si te terminaron el contrato sin justa causa, también debes recibirlos, junto con otras indemnizaciones si corresponde.

El derecho a vacaciones no se anula por el tipo de terminación del contrato.

¿Qué pasa si la empresa me da vacaciones pero no me las paga?

Durante las vacaciones, el trabajador debe recibir su salario normal, como si estuviera laborando. Si la empresa:

  • Te da vacaciones pero no te paga,
  • O te descuenta los días como ausencias injustificadas,

Está incurriendo en una falta grave, que puede ser denunciada ante el Ministerio de Trabajo.

Siempre que salgas a vacaciones, incluso en contrato a término fijo, asegúrate de recibir tu salario correspondiente en la fecha habitual de pago.

¿Qué hacer si no me pagan las vacaciones al terminar el contrato?

Si al finalizar tu contrato a término fijo no te han pagado las vacaciones causadas, puedes:

  1. Revisar tu liquidación detalladamente.
  2. Solicitar aclaración al área de Recursos Humanos o a tu jefe inmediato.
  3. Si no obtienes respuesta, presentar una queja ante el Ministerio de Trabajo.
  4. En casos graves, acudir a un abogado laboral para reclamar judicialmente tus derechos.

Recuerda que puedes exigir el pago de tus vacaciones hasta por tres años después del fin del contrato, según los plazos de prescripción establecidos en la ley.

Conclusión

Tener un contrato a término fijo en Colombia no significa que pierdas derechos laborales. Las vacaciones son un beneficio garantizado por ley, y se causan proporcionalmente desde el primer día trabajado.

Aunque es común que en contratos cortos las vacaciones se paguen en lugar de disfrutarse, este derecho sigue vigente y debe liquidarse correctamente. Si tienes dudas, verifica tu tiempo trabajado, haz cálculos aproximados y exige que tu empleador cumpla con la normativa.

Las vacaciones no dependen del tipo de contrato, sino del tiempo y la continuidad del servicio. Así que sin importar si tu contrato es de 2 meses, 6 o un año completo, tus días de descanso cuentan, y también deben pagarse si no los tomas.